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  ¿Si yo estoy en provincia, me pueden llevar mi divorcio aunque no sea del Distrito Federal?    

R.- Su domicilio actual puede ser en cualquier parte del interior de la República; el único requisito es que el último domicilio conyugal se haya establecido en el Distrito Federal.

 


¿Que posibilidades tengo de quedarme con mis hijos en un divorcio tengo hijos menores de edad  y no trabajo?  

R.- Sobre esta duda, cabe mencionar lo que dispone el artículo 282 del Código Civil para el Distrito Federal:

Artículo  282.-  Desde  que  se  presenta  la  demanda,  la  controversia  del  orden  familiar  o  la solicitud de divorcio y solo mientras dure el juicio, se dictarán las medidas provisionales pertinentes; asimismo en  los casos de divorcio en que no se llegue a concluir mediante convenio, las medidas subsistirán hasta en tanto se dicte sentencia interlocutoria en el incidente que resuelva la situación jurídica de hijos o bienes, según corresponda y de acuerdo a las disposiciones siguientes:…

…II. - Poner a los hijos al cuidado de la persona que de común acuerdo designen los cónyuges, pudiendo estos compartir la guarda y custodia mediante convenio. En defecto de ese acuerdo; el Juez de  lo Familiar  resolverá conforme al Título Décimo Sexto del Código de Procedimientos Civiles, tomando en cuenta la opinión del menor de edad.

Los menores de doce años deberán quedar al cuidado de  la madre, excepto en  los casos de violencia familiar cuando ella sea la generadora o exista peligro grave para el normal desarrollo de los hijos. No será obstáculo para la preferencia maternal en la custodia, el hecho de que la madre carezca de recursos económicos.


 

¿Debo esperar algún tiempo para  volver a casarme?

R.-Legalmente no, desde que se decreta judicialmente el divorcio usted tiene la posibilidad de volverse a casar si así es su deseo

 

 

 

 

¿Si mi esposa no quiere darme el divorcio, complica el tramite.?  

R.-En el divorcio Express o incausado, no se requiere el consentimiento de la esposa o esposo ya que se eliminaron del Código Civil para el Distrito Federal las causales de divorcio (adulterio, abandono de hogar, injurias, etc.) y en consecuencia, basta con que uno de los dos lo solicite.

 

 

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¿En caso de que mi esposo no quiera proporcionarme pensión hay alguna manera de obligarlo?     

R.-La manera más común de obligar a una persona a proporcionar pensión es mediante un oficio que manda el juzgado familiar a su centro de trabajo para que de su pago le sea descontado un porcentaje fijado por el juez.

 

¿ Por qué puede convertirse en algo insoportable estar casado o vivir en pareja?     

R.-Los hijos, en muchos casos, son el único motivo para seguir unidos, pero cuando la crisis temporal se convierte en algo crónico nada ni nadie puede frenar la ruptura; la separación de los padres puede ser algo muy difícil de aceptar para los menores, pero es peor una convivencia forzada entre niños y progenitores.

 

 


¿ Si es a mí a quien demanda mi esposa el divorcio y no estoy de acuerdo con su propuesta de convenio ustedes me pueden ayudar?     

R.-Por supuesto, aunque el divorcio se decreta, el juez deja a salvo sus derechos si no está de acuerdo con algún punto del convenio como la pensión o la forma de liquidar la sociedad, que tendría un trámite por separado


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